DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN ELARTICULO 65 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PUERTOS, EL SERVICIO PORTUARIO DE AMARRE Y DESAMARRE DE CABOS, PAR A EL ATRAQUE Y DESATRAQUE DE EMBARCACIONES, SE PRESTARA POR PERSONAS FISICAS O MORALES, CON PERMISO DE LA SECRETARIA O QUE HAYAN CELEBRADOCONT RATO MERCANTIL CON EL ADMINISTRADOR PORTUARIO.
SE ENTIENDE POR SERVICIO DE AMARRE DECABOS AQUEL SERVICIO PORTUARIO CUYO OBJETO ES RECOGER LOS CABOS QUE SIRVEN DE AMARRES DE UN BUQUE PORTARLAS Y FIJARLAS EN ALGUN LUGAR O BJETO DISPUESTO PARA ESE FIN, QUE PUDIERAN SER GANCHOS DE AMARRE, BITAS, BOYAS DE AMARRE, SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES DEL PILOTO PUERTO, CAPITAN DEL BUQUE, O EL OFICIAL QUE ESTE A CARGO DE LA MANIOBRA.
SE ENTIENDE POR EL SERVICIO DEDESAMARRE DE CABOS A LOS BUQUES, A QUEL SERVICIO PORTUARIO CUYO OBJETO ES LARGAR LAS AMARRAS DE UN OBJETO DISPUESTO PARA ESTE FIN, QUE PUDIERAN SER GANCHOS DE AMARRE, BITAS, BOYAS DE AMARRE, SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES DEL PILO TO, CAPITAN DEL BUQUE, O DEL OFICIA L A CARGO DE LA MANIOBRA.